Se ha promulgado la ley que amplía el concepto en materia de delitos de corrupción y aumenta las penas. La ley anterior consideraba como beneficios ofrecidos, solicitados, aceptados o entregados, solo aquellos de carácter económico. Con la modificación, se agregan los beneficios u ofrecimientos de otra naturaleza.
Entre las nuevas penas creadas, se establecen inhabilitaciones absolutas perpetuas o temporales (de tres años y un día a diez años) para ejercer en empresas en que el Estado tenga participación mayoritaria o que contraten con el Estado. También se agregan la privación de cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en empresas que contraten con órganos o empresas del Estado o con empresas o asociaciones en que este tenga una participación mayoritaria; o en empresas que participen en concesiones otorgadas por el Estado o cuyo objeto sea la provisión de servicios de utilidad pública.